[Columna de Opinión]
La objeción de conciencia como base de la libertad y de la dignidad humanas
Amnistía Internacional entiende por objetor de conciencia a toda persona susceptible de ser reclutada para el servicio militar que, por razones de conciencia o por convicciones profundas nacidas de motivos religiosos, éticos, humanitarios, políticos o similares, rehúsa hacer el servicio militar o entrar en listas para ser llamado a filas (incluso en los países en que no es obligatorio), o tomar parte directa o indirectamente en guerras o conflictos armados.